martes, 5 de septiembre de 2017

DERECHOS FUNDAMENTALES E INTERNET


I. RESUMEN
Resultado de imagen para derechos fundamentales e internet caricaturaEl derecho fundamental e internet es una necesidad de nuestra época, entre otras cosas, se ha convertido en una herramienta necesaria para el ejercicio de derechos humanos, debemos anotar que el acceso a internet es el pináculo para llegar a las tecnologías de la información, la comunicación, derechos, informarnos, así que volver precepto constitucional el acceso a internet es prácticamente un impulso al desarrollo.

II. ABSTRAC
The fundamental right and the internet is a necessity of our time, among other things, it has become a necessary tool for the exercise of human rights, we must note that Internet access is the pinnacle to reach information technologies, communication, rights, inform us, so to return constitutional precept access to the internet is practically a boost to development.

III. MARCO TEÓRICO
Para entender la relación entre internet y derechos fundamentales, primero debemos saber el significado de ambos términos
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Internet se podría definir como una red global de redes de ordenadores cuya finalidad es permitir el intercambio libre de información entre todos sus usuarios. El Internet tiene implicaciones sociales, culturales, económicas y políticas.
Resultado de imagen para derechos fundamentales caricaturaPor lo tanto podemos decir que un derecho fundamental en términos generales viene a ser una facultad o poder reconocido a una persona por ley suprema vigente que le permite realizar o no ciertos actos, también podemos decir que los derechos fundamentales son aquellos derechos inherentes a la persona, reconocidos legalmente y protegidos procesalmente, es decir son los derechos humanos positivisados. Pues se definen como aquellos derechos subjetivos que corresponden a todos los seres humanos dotados de status de personas, de ciudadanos o personas con capacidad de obrar, si bien se detectan algunos avances o aspectos positivos el reconocimiento constitucional en relación a los derechos y libertades en Internet, concluye el estudio de los derechos y libertades en Internet en américa latina, coordinado por la organización por el progreso de las Comunicaciones, en conjunto con derechos digital. 
Taxativamente en un mundo cada vez más interconectado y gobernado por la llamada sociedad de la información, la utilización de los medios virtuales de comunicación y de obtención, almacenamiento y distribución de datos electrónicos es casi una herramienta infaltable en nuestra vida no solo jurídica sino también cotidiana.
Actualmente, el avance tecnológico ha ido incrementando considerablemente y por ello la Internet no se ha quedado atrás, como sabemos, la Internet nos facilita al acceso de múltiples informaciones, desde investigaciones, noticias, cultura hasta ocio.

IV. DESARROLLO DEL TEMA
Es así que en nuestra sociedad se está debatiendo un tema controversial que se basa en el uso de Internet a través de una posible regulación por parte del Estado. Pues como sabemos durante mucho tiempo hemos sido un mundo que se desenvuelve globalizadamente por el Internet, ya que esta herramienta de exploración es una red informática de nivel mundial que utiliza la línea telefónica para transmitir la información, sin embargo la diferencia que se hace al uso del Internet depende de las condiciones que establecen los países. Con ello no nos referimos a un asunto metódico o de medios, sino que se enfoca en las normas y la limitación de entradas por algunos u otras conveniencias sociales y políticas.
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La aplicación de la informática en el derecho es importante ya que se encarga de velar los propósitos de ámbitos adjetivos, ya que se considera como objeto e instrumento fundamental para la vida social y es necesaria una regulación en el marco legal.
El derecho es una garantía o servicio universal. Garantía es el instrumento procesal que sirve para resarcir un derecho cuando este ha sido violado. Principalmente debemos comprender que es política informática y legislación informática. Política Informática es el acceso libre o gratuito como político no como derecho ciudadano. Legislación Informática es un conjunto de ordenamientos jurídicos creados para regular el tratamiento de la información.
Este nuevo estudio de regulación se ha generado por motivos de la violación a la libertad de expresión al realizar hechos delictuosos a través de este medio informático. Como consecuencia, han surgido proyectos de ley que plantean riesgos para los derechos fundamentales en internet y que, si bien pueden tener objetivos atendibles, desconocen los reales usos y potencialidades de la red. Así, se terminan afectando derechos ciudadanos ajenos a las conductas que se pretende evitar.
Unos de los proyectos que hay que recalcar de gran importancia es la Cumbre de Túnez en la cual se ha dado seguimiento de los foros de ordenanzas de la ley en el cual manifiesta la importancia de que internet se vaya señalándose como un derecho para evitar el abuso de las tecnologías y de los recursos de información para fines delictuosos y terroristas, respetando los derecho humanos. En el cual se presenta un compromiso de seguir los progresos hacia la reducción de la brecha digital, teniendo en cuenta los diversos niveles de desarrollo.
En Estados Unidos existió una Ley de Decencia de las Comunicaciones la cual fue declarada inconstitucional por ir contra la libertad de expresión, sin embargo fue un choque entre el derecho a la censura y la libertad de expresión, sin embargo lo rescatable de esta ley era que se caracterizaba por reconocer una pretensión de regular el Internet bajo un mínimo de control gubernamental a quienes hicieran un uso inadecuado de esta herramienta ya que quienes se encuentran vulnerados son los niños.
Existe el mismo reconocimiento constitucional en Costa Rica a propósito del derecho a la privacidad, vinculado con la protección de los datos personales, resultando plenamente aplicable a internet. También existen proyectos de ley para declarar fundamental el derecho a internet. La declaración sostiene que el acceso a las tecnologías es básico para facilitar el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas e impulsa al Estado a promover y garantizar el acceso universal a las nuevas tecnologías.
Asimismo algo que hay que recalcar es que en Finlandia se aprobó como decreto la disposición de Internet a los ciudadanos pero tendrán gradualmente un acceso a internet de alta velocidad ya que una de baja velocidad no sería de gran necesidad. 
España no reconoce el acceso a la banda ancha como un derecho fundamental. Lo que existe es un proceso de consulta en marcha para incorporar a la banda ancha dentro del paquete del servicio universal.
Suiza no está en la lista de países pioneros en reconocer este derecho que nos presenta el Proyecto, suele citarse como ejemplo de declaración del acceso a la banda ancha como derecho fundamental. Sin embargo, esta referencia no es correcta.
Costa Rica ha declarado el acceso a la banda ancha como derecho fundamental como parece señalarse en el Proyecto. Lo que existe es un fallo de la Sala Constitucional en el marco de un recurso de amparo interpuesto contra el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones para que asumiera sus obligaciones en el marco del Tratado de Libre Comercio entre la República Dominicana, Centro América y Estados Unidos (CAFTA), en particular que se acelerara el proceso de subasta y asignación de determinadas frecuencias para telefonía celular.
Francia es similar, una sentencia judicial del Consejo Constitucional (Conseil constitutionnel) dispuso, al examinar la constitucionalidad de la conocida ley Hadopi, que Internet es una herramienta indispensable para el ejercicio de la libertad de expresión, consagrado como un derecho fundamental y por ello su acceso debe ser garantizado plenamente.
Imagen relacionadaEn lo internacional, los países han ido adhiriendo progresivamente a la regulación existente. Si bien la principal crítica a este fenómeno es su ya mencionado carácter no vinculante, denota un esfuerzo para aunar criterios y marca una tendencia orientadora en cuanto a reglas y principios.
Como parte de este mismo proceso de integración legislativa ha de considerarse la invitación a formar parte del Convenio de Ciberseguridad (Convenio de Budapest) que recibieron Costa Rica y Paraguay. Dicho convenio apunta a generar una mayor cooperación internacional en cuestión de delitos informáticos y protección de privacidad y datos personales, pero cuenta también con contenidos polémicos en materia de retención de datos, neutralidad de la red, interceptación de comunicaciones, la protección de menores ante la pornografía infantil, entre otros.
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En nuestro país peruano podemos encontrar diversos proyectos para estimular el uso de internet, entre ellos encontramos la aplicación de las tic a los procesos de enseñanza de aprendizajes que deben ser aplicadas a los estudiantes para mejorar la practica escolar formando alumnos competentes para que desarrollen habilidades creativas, principios éticos y morales; aptitudes y valores y conocimientos escolares integrados a su vida diaria. Recordando también que el Estado está apoyando a la mejora de equipos informáticos para el uso de un mejor aprendizaje para los alumnos en las escuelas públicas.
Asimismo se realizó una alianza por un internet asequible el cual se centra en crear condiciones para tener mercados de banda ancha abierta, que sean eficientes y competitivos a través de las políticas públicas y de reformas regulatorias. Para el gobierno de Perú, la mejora de calidad de la Internet peruano es tan importante como la mejora del acceso a través de fibra óptica y el desarrollo de infraestructuras de banda ancha móvil.
En nuestra legislación peruana se han presentado proyectos de la regulación de delitos cometidos por medio de Internet en relación a esta nueva forma delictiva, en el Perú se ha emitido una Ley penal especial cuya finalidad es prevenir y sancionar las conductas ilícitas que afectan los sistemas y datas informáticos, así como los secreto de comunicaciones, y los demás bienes jurídicos que resulte afectado con esta modalidad delictiva como son el patrimonio, la fe pública y la libertad sexual. Ley que modifica la Ley 30096, Ley de delitos informativos”, promulgada el 9 y publicada el 10 de marzo del 2014.
Resultado de imagen para CONGRESONo olvidemos que en el 2013 el pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley que regularía los delitos informáticos y recoge ocho iniciativas legales de distintas bancadas y la última propuesta del Ejecutivo, que ha sido recogida casi en su integridad. El tráfico ilegal se sanciona con hasta cinco años; grooming con pena de hasta 8 años si la persona menor de 14 años y de hasta 6 años si la persona tiene entre 14 y menos de 18 años; fraude con pena de hasta ocho años cuando obtiene provecho ilegal a través de internet y de hasta 10 años de cárcel cuando afecte el patrimonio del Estado; Suplantación se sanciona con hasta 5 años por suplantación de identidad y con hasta 4 años el que venda o fabrique datos informáticos para cometer un delito; discriminación en la red ahora con cárcel con pena de hasta 4 años.
Cuando se habla del estado general de la justicia en el Perú se suele decir que el problema no es la falta de leyes, si no el cumplimiento de las ya existentes. Los nuevos tipos penales informáticos hacen referencia a diferentes bienes jurídicos, ya no sólo al patrimonio. Acerca bastante a la redacción del Convenio de Budapest pero no en todos los casos.
Por ese motivo, los esfuerzos no deben concluir cuando se logra una normativa respetuosa de los derechos humanos, sino que hay que realizar un seguimiento luego de su implementación con el fin de garantizar el cumplimiento de lo establecido, o denunciar su incumplimiento.

V. CONCLUSIÓN
Imagen relacionadaSea como medio de expresión o factor de desarrollo el Internet y su acceso a la red debe ser un derecho fundamental de la persona. Hoy en día el Internet no solo es un medio de expresión o de comunicación sino también una herramienta de desarrollo personal el cual a su vez contribuye al desarrollo de la sociedad, nuestra constitución señala que toda persona tiene derecho a su libre desarrollo y bienestar así como a la libertad de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, por lo tanto a fin de evitar totalitarismos o arbitrariedades, su acceso debe estar garantizado constitucionalmente de manera expresa.




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